Cómo actuar ante Vehículos Inundados


 
El diluvio del lunes a la madrugada dejó como consecuencia muchos vehículos inundados. Por eso CESVI Argentina comparte las recomendaciones técnicas para saber cómo actuar si su auto se encuentra bajo agua.
 
El tiempo que transcurre entre la inundación y el momento en que se le da servicio a la unidad debe ser el menor posible ya que la corrosión y el óxido en los conectores y en la electrónica avanzan velozmente.


A continuación, detallamos las acciones básicas que se recomiendan realizar para no dañar los elementos del vehículo, conservarlos e identificar los averiados:

  • No de marcha, ni coloque la llave en posición de contacto hasta no haber adecuado las condiciones del vehículo porque existe el riesgo de inutilizar más componentes electrónicos o mecánicos.

  • Desconecte la batería y quite el filtro de aire. Si además su auto tiene intercooler (es muy común en los diésel) también hay que quitarlo ya que es probable que tenga agua.

  • Si el motor es naftero, desmonte las bujías; y si es diésel, haga lo mismo con los precalentadores.

  • Verifique el nivel de aceite del carter. Si es mayor al máximo habrá que reemplazarlo; y si es menor, se puede dejar para continuar con las pruebas (luego se reemplazará junto con el filtro).

  • Limpie los conectores de toda la instalación eléctrica que se sumergió tanto en el motor como en el habitáculo. En caso de no conocer el nivel que alcanzó el agua, se puede guiar por marcas en los tapizados de puertas y butacas.

  • Controlar que las unidades de mando del motor (ECU), airbag, habitáculo, ABS, inmovilizador, se encuentren libres de humedad. Hacer lo mismo con las bobinas de encendido, alternador, sensores, y porta fusibles.   

  • Verifique que el combustible no contenga agua. Para hacerlo, quite el tubo de suministro que proviene del tanque y extraiga al menos dos litros (ya que al hacerlo con un volumen menor no estará verificando el fluido del tanque, sino el contenido del filtro y del tubo). En caso de encontrar agua deberá vaciar el tanque, limpiarlo y reemplazar el filtro para rearmarlo.

  • Conecte la batería y accione el arranque en forma directa utilizando un cable remoto desde la batería al automático del motor de arranque durante 15 segundos (no utilice la llave de arranque original). Tenga en cuenta que es probable que por los agujeros de las bujías se expulse violentamente el agua que se acumuló en los cilindros, protéjase los ojos.

  • Rearme los componentes de motor y de marcha con la llave de arranque. Si el vehículo no arranca, no insista. Concurra a un servicio especializado para un diagnóstico electrónico.
 
Ante un vehículo inundado se deberán reemplazar todos los fluidos y filtros afectados:

1. Aceite de motor y filtro

2. Filtro de aire

3. Filtro de combustible

4. Filtro antipolen (si posee).

5. Fluido de freno, lavando el circuito

6. Fluido de dirección hidráulica (si posee).

7. Fluido lava parabrisas / luneta.

8. Aceite de caja de velocidades (manual o automática).

9. Aceite de diferencial.

Dependiendo del tiempo de inmersión, ciertos elementos como los rodamientos de rueda, homocinéticas de semiejes y levanta vidrios, requerirán especial atención. Incluso, algunos modelos pueden no arrancar por tener el tubo de escape lleno de agua. Por este motivo, se debe colocar el auto en un ángulo adecuado para escurrirlo o desmontarlo.

Desinfección

Una vez que se hayan secado todos los elementos desmontados, habrá que lavarlos y rociarlos con un producto que sea capaz de eliminar la formación de moho y materia orgánica. Sólo así se interrumpirá el proceso de reproducción de bacterias y microbios. Es importante que la selección del producto a utilizar la realice personal calificado.

Por último, tenga en cuenta que la mayoría de las averías encontradas en vehículos estacionados inundados se generan en el momento en que se quiere comprobar el funcionamiento del motor y los sistemas eléctricos.

Realizar un correcto procedimiento se verá reflejado en una disminución de los costos a la hora de reparar las consecuencias de las inundaciones.
Fuente Cesvi Argentina  .

Recomendaciones para la conducción en días con niebla -



Según estadísticas de CESVI Argentina, el 88% de los siniestros son causados por el factor humano. Si a esto sumamos las condiciones climáticas y el estado de las rutas, la combinación es sumamente peligrosa. Por esta razón, CESVI Argentina recomienda cómo conducir si se presenta esta situación climática.

Niebla
La niebla es una de las condiciones climáticas más complicadas a la hora de manejar, ya que pone a prueba los sentidos más sensibles del conductor (casi el 90% de la información que recibe un conductor ingresa por la vista). Cuando uno ingresa a un banco de niebla, los sentidos y estilo de manejo se encuentran adaptados a un determinado entorno previo; al variar- producto de la condición climática- el conductor sigue manejando de la misma forma que lo hacía antes y su percepción visual tardará un tiempo extra en percibir peligros.
En caso de niebla, sugieren:
  • Reducir la velocidad. Recuerde que si se ven dos signos (V invertidas sobre la calzada) la velocidad de circulación no debe superar los 60 km/h y si tan sólo se ve un signo (V invertida sobre la calzada), la velocidad máxima debe ser de 40 km/h;
  • Mejorar la visualización de su automóvil para que otros conductores lo vean. Para hacerlo, antes de ingresar a un banco de niebla chequee que se encuentren encendidas las luces de posición y las luces bajas, que son de uso obligatorio en nuestro país;
  • Si el automóvil posee luces antiniebla delanteras y traseras, úselas;
  • No utilizar las luces altas, ya que pueden provocar deslumbramiento y un acortamiento del campo visual;
  • Disminuir la velocidad del vehículo antes de ingresar a un banco de niebla para darle la posibilidad al conductor que transita por detrás suyo de reducir su velocidad cuando aún lo ven;
  • Mantener el parabrisas limpio permanentemente;
  • No sobrepasar a otros vehículos;
  • No estacionarse sobre la banquina ya que suele utilizarse como vía de escape en caso de colisiones en cadena;
  • Si la niebla es muy espesa, detenga la marcha del vehículo en un lugar seguro (lejos de la vía de circulación y de la banquina) hasta que se presenten condiciones más favorables para la circulación.
  • Fuente Cesvi Argentina

INUNDACIONES ¿Qué cubren los seguros?

El presidente de la Asociación Argentina de Compañías de Seguros, Francisco Astelarra, explicó que las aseguradoras cubren, en general, los daños en automóviles, pero no así en las viviendas. En diálogo con INFOnews, explicó que es fundamental hacer la denuncia dentro de las 72 horas.
En el caso de los autos, indicó: "Para aquellos que hayan contratado la cobertura de todo riesgo, con o sin franquicia, están cubiertos. En el caso de que hayan contratado la cobertura de terceros completa, los cubre en los casos en que se determine una destrucción total del vehículo, ya sea porque los daños, con la cláusula del 80%, superen el 80% de la suma asegurada, o hayan contratado una cláusula del 20, cuando el valor de los restos no supere el 20% de la suma asegurada. En esos casos, aunque no tenga cobertura de daños parciales, están cubiertos con la póliza de terceros". En ese sentido empresario afirmó que "se han cobrado muchísimos seguros así en otras oportunidades".
Con respecto a las viviendas, Astelarra señaló que "las pólizas no cubren daños por inundación, en términos generales" aunque, en muy pocos casos "puede que haya alguna compañía que lo haya dado". Sobre este punto, explicó: "Es un tema muy complicado que los podamos cubrir porque nosotros no podemos hacernos cargo de las deficiencias en infraestructura, como los casos de desagote pluviales y de obras no realizadas". Y agregó: "Ya sabemos que en determinados barrios, si bien el fenómeno de fue único en los últimos cien años, incluso con menores caídas se inundan igual, con lo cual los siniestros ya no está provocados por actos fortuitos".
Consultado sobre si los empresarios evalúan ofrecer una póliza que cubra daños por inundaciones en viviendas, reconoció que "se está analizando pero "es un tema complicado de resolver". "No es solo un problema de infraestructura pluvial sino que también en las últimas décadas se ha ido modificando la ciudad, donde había espacios verdes hoy hay edificios y donde había adoquines hay cemento, eso agrava las caídas de agua".
Todos los vecinos afectados deben tener en cuenta, subrayó, que tienen un plazo de 72 horas para hacer la denuncia. "Deben comunicarse urgente con el productor asesor de seguros que les vendió la póliza o, en caso de haber comprado la póliza en forma directa, que se comuniquen con el centro de atención de la aseguradora".

Fuente : Pagina 100% Seguro

SEGUROS AMBIENTALES

Los aseguradores de caución serán los que más rápido ofrezcan la póliza obligatoria. Esta póliza cubre solamente los daños ambientales de incidencia colectiva. 12-11-2012 La SSN cumplió con la instrucción del decreto 1638/2012 y reglamentó las condiciones generales y particulares de las dos modalidades de seguro ambiental obligatorio creadas por la nueva normativa. Esto es, el "Seguro Obligatorio de Caución por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva" y el "Seguro Obligatorio de Responsabilidad por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva". "Sin entrar en detalles, es probable que en un principio el seguro de caución sea el que más rápido consiga oferentes entre las aseguradoras", nos comentó el abogado de un conocido estudio especializado en la temática. Teniendo en cuenta el recorrido que ya tiene esta cobertura en el mercado, el organismo de contralor a través de la Resolución 37160/2012. permite a las entidades autorizadas en el ramo Caución comenzar a operar mediante un trámite sencillo y siempre que hayan cumplido con el requisito de capital adicional exigido para la cobertura obligatoria prevista en las leyes ambientales. Sólo necesitarán presentar ante la SSN una declaración jurada suscripta por el Presidente de la entidad, afirmando su intención de ofrecer las pólizas del ramo, sin necesidad de solicitar autorización particular o adhesión. Podrán utilizar los elementos técnico contractuales actualizados que, según la resolución, estarán disponibles en la página web del Organismo. En cuanto a las pólizas de Caución que se venían comercializando, mantendrán su vigencia hasta su conclusión, aunque en ningún caso dicha vigencia podrá ser superior al período de un año a contar desde el 11/09/2012, conforme lo establecido en el artículo 13° del Decreto 1638/2012. En cambio, las aseguradoras que deseen comercializar la póliza de Seguro Obligatorio de Responsabilidad, sí deberán requerir autorización de la SSN. Se trata de una cobertura nueva, no autorizada anteriormente y supuestamente por eso las entidades deberán presentar una adhesión a las condiciones previstas en la resolución, cumplir con el requisito de capital mínimo para operar en el ramo, y demostrar que adhieren a la política de suscripción y retención de riesgos exigidas por la SSN en la Resolución que justamente aborda éstas obligaciones (36.997 DEL 15 AGO. /2012) AMBAS Para los dos seguros, el organismo de contralor aprobó las Condiciones Generales, con carácter general y uniforme . Además, en ambos casos, las aseguradoras deberán cumplimentar lo dispuesto por el artículo 4 del Decreto 1638/2012; esto se refiere al precepto que prohíbe a las compañías ofrecer cobertura ambiental a empresas vinculadas o controladas por ellas. En cuanto a los planes de recomposición de los daños, no serán las compañías las que presenten dicho instrumento. En ambos seguros, el organismo de contralor señala al generador del daño como el encargado de dicha tarea, aunque antes deberá contar con la aprobación de la autoridad ambiental competente. En cambio, el informe de Situación Ambiental Inicial,(SAI) les corresponde a las compañías de seguros- Este documento cobra una importancia fundamental para ambas coberturas, ya que constituye nada más ni nada menos que un diagnóstico de la situación del asegurado. La resolución de la SSN deja abierta la puerta para la modificación de las condiciones de póliza, siempre y cuando sean aprobadas por la COMISION TECNICA DE EVALUACION DE RIESGOS AMBIENTALES. CAUCION AMBIENTAL Uno de los puntos más importantes que describe la resolución de la SSN, son las exclusiones de cobertura. En el caso del seguro de caución ambiental por daños de incidencia colectiva, la aseguradora no abonará suma alguna cuando: a) La primera manifestación o descubrimiento del daño ambiental de incidencia colectiva no ocurra durante la vigencia de la póliza. b) Existan pasivos ambientales, entendiéndose por tales a todo daño al ambiente existente al momento de contratación de la póliza y que surjan del SAI, sea conocido o no por el tomador del seguro c) Daños causados por contaminación del aire, siempre y cuando los mismos no ocasionen daño al suelo y/o subsuelo y al agua, ya sea superficial o subterránea. Por otra parte, y dada la modalidad de ésta cobertura, le otorga a la compañía de seguros el derecho de "repetir" contra el tomador, la suma que haya abonado hasta la concurrencia de la suma asegurada que se indicará en las condiciones particulares. Además, la compañía de seguros tiene entre otras, la facultad de Monitoreo: Esto es, el seguimiento continuado en el tiempo de las actividades realizadas por el tomador a fin de constatar el cumplimiento de la normativa ambiental Más aún, la compañía puede solicitar la clausura preventiva de la fuente causante del daño y hasta peticionar embargos e inhibiciones, para lo cual el tomador del seguro prestará su conformidad al momento de contratar la póliza. RESPONSABILIDAD AMBIENTAL Pese a que es una cobertura menos conocida que la de caución ambiental, no por eso deja de tener ventajas para las aseguradoras. Entre los muchos conceptos que define la Resolución de la SSN, destacamos el de Responsabilidad por daños ambientales. Se trata de "la responsabilidad ambiental del Asegurado a consecuencia inmediata de actos, hechos u omisiones suyos o de sus dependientes, ocurridos de manera accidental y realizados exclusivamente, durante el ejercicio normal y habitual de su actividad riesgosa, que deriven en un daño ambiental de incidencia colectiva". También, como en el caso de la caución, son importantes las exclusiones: Así, la compañía no responderá cuando 1) Exista dolo del asegurado. 2) Los daños hayan ocurrido fuera del territorio de la República Argentina 3) Los daños hayan sido causados por cualquier material o residuo radioactivo y/o radiaciones ionizantes y/o reacción nuclear y/o transmutaciones nucleares. 4) No responderá por daños causados por contaminación del aire, siempre y cuando los mismos no ocasionen un daño al suelo y/o subsuelo y al agua ya sea superficial o subterránea. 5) Tampoco responderá por los hechos de la naturaleza que, como caso fortuito, eximen de responsabilidad, siempre y cuando resulten causal exclusiva y excluyente del hecho dañoso y resulten inevitables e imprevisibles. 6) No cubrirá daños causados por sustancias microbianas y organismos genéticamente alterados, ya sea que se originen directa o indirectamente de cualquier "sustancia microbiana" o cualquier organismo genéticamente alterado por el hombre o material biológico y cualquier material o sustancia que sea huésped para el crecimiento o diseminación de dicho material biológico u organismo. 7) No cubrirá daños y perjuicios derivados de la alteración antiestética de paisajes naturales. La pregunta sería ¿qué cubre el seguro de Responsabilidad? La Resolución define el Riesgo Cubierto de la siguiente manera: El asegurador se obliga a garantizar la disponibilidad de los fondos necesarios para financiar la recomposición del daño ambiental de incidencia colectiva causado en forma accidental, independientemente que se manifieste en forma súbita o gradual; salvo que la recomposición no sea técnicamente factible, en cuyo caso deberá preverse la indemnización sustitutiva conforme lo establecido por el artículo 28 de la Ley Nº 25.675, hasta la concurrencia de la suma asegurada indicada en las Condiciones Particulares". Por otro lado, la póliza cubre al asegurado siempre y cuando se hayan cumplido estas dos condiciones: a) Que el daño que haya generado responsabilidad ambiental se manifiesten o descubran durante el período de vigencia de la presente póliza. b) Que se notifique fehacientemente al Asegurador la manifestación o descubrimiento durante el período de vigencia de esta póliza o dentro del período extendido de reclamo que será de 3 (tres) años (o el plazo mayor indicado en condiciones particulares) a contar desde el fin de vigencia de la póliza o rescisión En cuanto a la suma asegurada y el descubierto, la resolución es clara: La suma asegurada será calculada teniendo en cuenta el Monto Mínimo Asegurable (MMA) de Entidad Suficiente. En tanto que la franquicia que se permite, nunca será superior al 10% de la suma asegurada. La Resolución dictamina que ese descubierto será abonado por la aseguradora y agrega "pudiendo repetir contra el asegurado dicha suma". Finalmente, la compañía de seguros también en esta modalidad tiene la facultad de Monitoreo de las actividades del asegurado, y hasta puede gestionar el pedido de clausura del establecimiento ante incumplimientos de la normativa ambiental. Un punto relevante sobre el se despejan dudas, es acerca de aquellos daños ambientales de incidencia colectiva que ocasionan daños a los intereses legítimos de una persona determinada. En éste caso, se entenderá que no se encuentran cubiertos por éste seguro. Como lo aclara el decreto del Ejecutivo, las coberturas obligatorias de seguro ambiental sólo cubren los daños ambientales de incidencia colectiva. Así como el Estado (Nacional, provincial, municipal, etc) es el asegurado en la cobertura de caución, en la cobertura de Responsabilidad, adopta la figura de tercero-reclamante. Si desea ver la resolución completa, puede buscarla en www.infoleg.gob.ar Res 37.160, publicada en el Boletín Oficial el 23 de Ocubre de 2012 Controles de lectura:
Fuente: Revista Estrategas


La SSN presentó Rúbrica Digital.

22 de noviembre de 2012. Como parte del desarrollo del Plan Nacional Estratégico del Seguro PlaNeS 2012-2020, el Superintendente de Seguros de la Nación, Licenciado Juan Bontempo, presentó hoy el Sistema de Rúbrica digital.
Bontempo estuvo acompañado por el Vicesuperintendente, Licenciado Santiago Fraschina, el Gerente de Autorizaciones y Registros, Sebastián Dematei, y representantes de la Subgerencia de Informática, que fueron los encargados de explicar la implementación del sistema en el 9no piso de la SSN.

El objetivo de este proyecto es dotar a la SSN de una base de datos on line de las operaciones realizadas por los Productores Asesores de Seguros (PAS), eliminando los costos de traslado, de impresión, de encuadernación y de consumo de papel, y agilizando la gestión del productor, con el beneficioso impacto sobre el medio ambiente y la preservación de los recursos naturales.

A partir de la puesta en marcha del Sistema de Rúbrica Digital, el productor podrá realizar sus operaciones en formato electrónico, y éstas serán firmadas digitalmente por la SSN.

De esta manera, el organismo, podrá acceder a información temprana para análisis y prevención de posibles anomalías, continuando con sus políticas de protección al asegurado y colocando a la SSN en una posición proactiva.

Por su propia plataforma on line, este sistema permitirá acercar a la SSN a todos los rincones del país, brindando las mismas oportunidades a un productor que se encuentre en Capital Federal, como a aquel que reside en el interior, dando muestras de auténtico Federalismo. Además, permitirá mejorar la calidad de los servicios y los procesos destinados a los asegurados.

El Sistema de Rúbrica digital es un sistema ágil y de sencilla utilización, que comenzará a operar el 28 de noviembre, y cuyo uso no será obligatorio hasta el 01 de marzo de 2013. Además de generar un instructivo, la SSN está ampliando la mesa de ayuda informática para facilitarle aún más la tarea al productor.

Además, posibilita el control por parte del Estado acerca de si los Productores están o no en regla con la AFIP, debido a que utiliza la Clave Fiscal para el registro. Una vez que el usuario ingrese y haga la compra de los créditos para enviar los registros, puede realizar el pago a través del banco o de Pago Fácil.

Fuente: El Seguro en Accion

Se lanzó la póliza digital

Es un sistema único e integral que permitirá un mayor flujo de información entre la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y las aseguradoras. Posibilitará cargar pólizas en forma manual o en lotes y se emitirá un código de seguimiento, que conformará el Número Unico de Póliza, mediante el cual se las identificará y se brindará información on line tanto al organismo de control como a las compañías, los usuarios y la Justicia, en caso de requerirla.
El miércoles 7 de diciembre, se lanzó la póliza digital en un acto encabezado por el nuevo superintendente de Seguros de la Nación, Juan Antonio Bontempo, al que también asistieron otros funcionarios del ente de contralor, representantes de las cámaras del sector, directivos de aseguradoras, profesionales y prensa. En su disertación, Bontempo señaló que “uno de los ejes centrales de nuestra gestión fue avanzar en la modernización del organismo para que cumpla con su rol central, que es controlar el mercado asegurador, pero también ser promotor del sector de seguros en nuestro país. Creemos que el Estado no sólo debe tener una función de contralor, sino también ser un articulador de los diferentes actores para poder desarrollar el mercado”; y en este sentido, expresó que “la modernización del organismo era un paso central tras haber encontrado serias falencias en su funcionamiento y en su capacidad de gestionar. Desde el primer momento, Francisco Durañona planteó la necesidad de avanzar con este proyecto, que nos parece muy importante. Casi un tercio del sector ya se incorporó a esta modalidad”.
El nuevo titular de la SSN sostuvo también que este proceso “que impulsa el organismo no es un hecho aislado. Es importante destacar la capacidad del Estado de recuperar su rol en el proceso económico, político y social de un país. Esto es lo que sucedió en algunos organismos, como la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) o el PAMI, que hasta hace una década eran sinónimos de corrupción e ineficiencia y hoy son modelos de gestión, no sólo en la Argentina sino también en América Latina. Esta es la primera experiencia de póliza digital en la región y esto nos permite soñar en perspectiva con exportarla a toda América Latina”.
Desarrollo

Por su parte, Federico Estivill, licenciado en Sistemas de la Universidad Nacional de San Martín, precisó, en relación con los pasos para la creación de la póliza digital, que la primera medida que se tomó “fue la normalización de las cláusulas, sin la cual era imposible procesar el universo de pólizas con distinto tipo de encapsulado. El proyecto tiene un módulo de captación masiva, que se implementa en una primera etapa desde el 1º de enero. Después comienzan los servicios a través de la web y las aseguradoras tendrán que emitir en línea con la SSN. En ese momento, el organismo de control validará la póliza. En la tercera etapa, presentaremos a las compañías una aplicación web propia para que puedan utilizarla en estos casos. Todo esto cierra con consultas e impresión, que salen juntamente con la primera etapa en la captación masiva. La transferencia de archivos se hace en forma segura con firma electrónica y veremos también la administración del código”.
El especialista puntualizó que “el proceso de captación masiva consiste básicamente en cuatro partes. En primer lugar, las aseguradoras tienen que requerir el código de seguimiento del lote. Luego deben informar las novedades al organismo, que, una vez procesado el lote de archivos, devuelve a las compañías el estado de ese lote y asigna nuevos códigos de seguimiento para que la empresa siga operando y no tenga que requerirlos en forma permanente. Los servicios web estarán directamente ligados al producto que posee la aseguradora para la emisión de pólizas. En cuanto a las consultas, éstas podrán ser realizadas tanto por el asegurado como por cualquier persona que quiera saber si un auto está o no asegurado”.

Ventajas

Mientras tanto, Maximiliano Voss, gerente de Administración de la SSN, subrayó que los beneficios fundamentales que buscan con la creación de la póliza digital son los siguientes: “Uno es el control en tiempo real de lo que sucede en el mercado. A través de la póliza digital vamos a lograr una mayor información del contenido de las pólizas y mejoraremos la calidad del análisis estadístico del sector y, por supuesto, la calidad de la información del asegurado tomador respecto de su propia póliza. Todo esto, en línea con otras políticas que fueron implementándose en la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor al mercado y en la generación de canales y trámites de orientación y defensa del asegurado. La póliza digital nos va a permitir, además, generar nuevas aplicaciones tanto en relación con los asegurados y las compañías como con terceras personas”.
El funcionario también adelantó que “estamos cerca de cerrar un convenio con la Corte Suprema para la generación de una autopista digital. Así, a través de la póliza digital y al tener mayor información en tiempo real, podremos comunicarnos con los tribunales sin necesidad de tramitar los oficios que hoy son necesarios”. A su vez, agregó que “ya conversamos con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con el Ministerio de Justicia y con la Policía Federal para generar estas aplicaciones durante este año. La idea es seguir trabajando para la implementación de la póliza digital en otros ramos, además del de automotores”.

Argentina - Todos los autos tendrán airbags, frenos con ABS y apoyacabezas

Convenio entre Interior, La Agencia de Seguridad Vial y las Terminales. La implementación será progresiva, a partir de enero. Los traerán de fábrica. Para el año 2014, todos los autos que se vendan en la Argentina tendrán airbags delanteros, frenos con ABS y apoyacabezas para todos los pasajeros.

 Así lo establece un convenio que firmaron ayer el ministro del Interior, Florencio Randazzo, la ministra de Industria, Débora Giorgi, y el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Felipe Rodríguez Laguens, con la Asociación de Fabricantes de Automotores (ADEFA) y la Cámara de Importadores y Distribuidores Oficiales de Automotores (CAIDOA). Hasta ahora, por ley sólo eran obligatorios el cinturón de seguridad y los apoyacabezas delanteros.

El cronograma de cumplimiento de esta normativa prevé que para el 1° de enero de 2010, el 10% de los autos que se vendan en la Argentina tendrán ABS, doble airbag y apoyacabezas. En 2011 lo tendrán el 15%, en 2012 el 30%, en 2013 el 60% y en 2014 el 100%.

En Brasil se establecerá un plan similar y también se prevé llegar a 2014 con un 100% de los autos vendidos con estos sistemas de seguridad. Esto afecta directamente al mercado argentino, porque más del 50% de los autos que se venden en el país se fabrican en Brasil.

La medida abarcará a los autos más populares, que son los que tienen versiones "base", con sólo algunos detalles de equipamiento de confort y casi nada en materia de seguridad. Los autos de gama media y alta suelen tener el equipamiento de seguridad más importante. No existe la posibilidad de tener un Mercedes-Benz sin ABS o sin airbag. Incluso, los modelos más lujosos tienen airbags laterales, de rodilla y pélvicos.

A partir de esta normativa, el control del uso del cinturón de seguridad deberá ser más estricto, porque si el pasajero no está "atado" y se activa el airbag, la explosión de la bolsa de aire puede causar graves lesiones e incluso la muerte.

El artículo 29 de la Ley 26.363 de Seguridad Vial establece que "la Agencia Nacional de Seguridad Vial dispondrá la instalación de doble bolsa de aire para amortiguación de impactos, del sistema antibloqueo de frenos, el dispositivo de alerta acústica de cinturón de seguridad, el encendido automático de luces, un sistema de desgrabación de registros de operaciones del vehículo ante siniestros para su investigación, entre otros que determine la reglamentación". En esta primera etapa, son tres los elementos de seguridad que serán obligatorios.

Actualmente, los autos que vienen equipados con airbags y ABS son, en promedio, 5 mil pesos más caros que las versiones "base". No está claro cómo las automotrices van a absorber el costo de producir versiones más equipadas. Si ese costo se va a trasladar directamente a los usuarios y si, para mantener el mismo precio que hasta ahora, van a quitar elementos de confort para compensar el valor.

En 2007, un estudio del CESVI (Centro de Experimentación y Seguridad Vial) demostró que el 30% de los autos más vendidos no ofrecían airbags y el 40% no tenían ABS. Y la demanda de los consumidores estaba más orientada a si los vehículos tenían estéreo con MP3 o llantas de aluminio.

Según estadísticas del ISEV (Instituto de Seguridad Vial) Argentina es el segundo país con más muertos por accidentes de tránsito, con 27,01 víctimas cada 100 mil habitantes.

Fuente: Clarin.com